El Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas tienen derecho a la educación independientemente de su sexo, religión, etnia, estrato socioeconómico o condición de salud.

La educación básica está constituida por el nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria, y estos, junto con la educación media superior, conforman la educación obligatoria. Dicha educación debe ser garantizada por el estado, en el que se reconoce el papel fundamental de garantizar su accesibilidad, asequibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad en beneficio de los aprendizajes de niñas, niños, adolescentes y jóvenes (NNAJ). 

En este caso, la responsabilidad de la sociedad es exigir al estado que este derecho se garantice, es decir, que existan todas las condiciones necesarias para que cada NNAJ esté, permanezca, aprenda y participe en la escuela.