La SEP emitió el Acuerdo número 16/06/21 y el Acuerdo número 11/06/22, en los que se establece que los estudiantes de educación primaria y secundaria no pueden reprobar. Los acuerdos estipulan que, en estos dos niveles educativos, “la calificación mínima a señalarse en la boleta de calificaciones será de 6” (Acuerdo número 16/06/21, SEP) y “la calificación que deberá registrarse no podrá ser inferior a 6” (Acuerdo número 11/06/22, SEP).
Dicho esto, a pesar de que en la pandemia hubo estudiantes con los que se tuvo una comunicación o participación parcial o nula (CEMEJ, 2021), debido a la falta de condiciones para llevar una educación a distancia o en línea, o por otros factores personales, por ejemplo, el tener que trabajar para apoyar la economía familiar, la SEP decidió que los estudiantes pudieran acreditar el grado escolar en curso.
Esto se puede interpretar en los datos al ver que, tanto en primaria, como en secundaria, la cantidad de alumnos que repiten año baja en los últimos ciclos escolares. Mientras que, en educación media superior, nivel para el cual no se emiten especificaciones especiales de acreditación, el número de repetidores aumenta debido a las condiciones sociales derivadas por la pandemia.